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Las empresas operadoras deben atender los reportes por
problemas de calidad y averías en un plazo máximo de un día.
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En el caso de servicios fijos ubicados en centros
poblados rurales, el plazo máximo es de dos días calendario.
Las interrupciones en el servicio de internet, la mala
calidad de las llamadas, la baja velocidad de navegación o las fallas
recurrentes en los servicios de telecomunicaciones son situaciones que afectan a
los usuarios. Frente a estos inconvenientes, el Organismo Supervisor de
Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) recuerda a la ciudadanía que
las empresas operadoras están obligadas a atender y solucionar estos problemas
dentro de plazos establecidos por la normativa vigente.
De acuerdo con el Reglamento para la Atención de
Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, las empresas
operadoras deben atender los reportes por problemas de calidad y averías en un
plazo máximo de un día calendario desde que son comunicados por el usuario. En
el caso de servicios fijos ubicados en centros poblados rurales, el plazo
máximo es de dos días calendario.
Asimismo, la normativa establece que la empresa
operadora debe acreditar la solución del problema mediante una constancia de
reparación o cualquier otro mecanismo que evidencie la conformidad del usuario
con la atención brindada.
Si la empresa no logra solucionar la avería dentro del
plazo establecido o no obtiene la conformidad del usuario respecto de la
reparación efectuada, se genera automáticamente un reclamo en primera
instancia, manteniendo el mismo código asignado al reporte inicial. De esta
manera, se garantiza la continuidad del procedimiento en defensa de los
derechos del usuario.
¿Qué hacer si
persiste el problema?
El OSIPTEL recomienda a los usuarios conservar el
código del reporte registrado ante su empresa operadora y realizar el
seguimiento correspondiente. Asimismo, si consideran que el inconveniente no ha
sido solucionado adecuadamente, pueden utilizar la herramienta digital Checa tu
caso (https://checatucaso.osiptel.gob.pe/) para reportar y
monitorear la atención de los problemas relacionados con sus servicios.
Reclamos deben
resolverse en un máximo de tres días hábiles
El organismo regulador también recuerda que los
reclamos referidos a la calidad e idoneidad del servicio deben ser resueltos
por las empresas operadoras en un plazo máximo de tres días hábiles, contados
desde el día siguiente de su presentación. Este plazo busca garantizar una
respuesta rápida y eficaz frente a las afectaciones que puedan sufrir los
usuarios.
Para más información sobre sus servicios públicos de telecomunicaciones,
el OSIPTEL pone a disposición de los usuarios de la región La Libertad el
FonoAyuda 1844. También pueden acudir, de manera presencial, a la oficina
regional, ubicada en calle Paraguay 139, urbanización El Recreo, en
Trujillo, de lunes a
viernes de 8:30 a. m. a 1 p. m. y de 2 a 5 p. m.




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