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Desde el 3 de marzo, usuarios solo podrán confirmar su voluntad de
cambiar de empresa operadora utilizando un PIN de seguridad.
El lunes 3 de
marzo entrará en vigencia el nuevo Reglamento de Portabilidad Numérica para el
servicio móvil y el servicio de telefonía fija, cuyas medidas buscan disminuir
los riesgos de seguridad e incrementar la eficiencia del mencionado
procedimiento, informó el Organismo Supervisor de Inversión Privada en
Telecomunicaciones (OSIPTEL).
El nuevo
reglamento establece medidas para mitigar los riesgos de seguridad al momento de
cambiar de empresa operadora, tales como la suspensión definitiva del uso de
declaraciones juradas para confirmar la voluntad de
los usuarios de portar su número. En su lugar, se determinó la obligatoriedad
de enviar y validar un PIN de seguridad para iniciar el proceso de
portabilidad, cuya responsabilidad recaerá en el Administrador de la Base de
Datos Centralizada de Portabilidad (ABDCP).
“La
presentación de declaraciones juradas para iniciar el proceso de portabilidad
estaba permitida para casos específicos. Con las
nuevas disposiciones y con el objetivo de maximizar
la seguridad del proceso, se ha optado por aceptar únicamente el PIN de
seguridad, el mismo que será generado y validado por el ABDCP y no por la
empresa receptora de la portabilidad, como ocurría anteriormente”, explicó
Marco Vílchez, director de Políticas Regulatorias y Competencia de OSIPTEL.
Cabe
señalar que, con las nuevas disposiciones, no estará permitida la portación de
líneas suspendidas o dadas de baja.
Proceso más rápido y eficiente
Acorde con las tendencias
internacionales, el reglamento dispone recortar el intervalo de tiempo en el
que se ejecuta la portabilidad y que es el plazo máximo en el que el abonado
podría quedar sin servicio (ventana de cambio).
Así, el nuevo reglamento establece que la portación se realice en
menos de 24 horas, entre las 00:00 y las 3:00 horas del día siguiente de
presentada la solicitud (antes era entre 0:00 y 6:00 a.m.). En caso ello no
ocurra, las empresas deberán informar al usuario y solicitar su visto bueno
para volver a ingresar la solicitud.
Además, se establecieron
medidas que buscan hacer más eficiente el proceso. Por ejemplo, a partir del 3
de marzo, toda objeción a una consulta previa o solicitud de portabilidad
deberá detallar todos los motivos de
rechazo, con lo que se reducirán las consultas y se acortarán los tiempos
de interacción.
En esa línea, se
unificó el sentido de que la objeción por deuda y la solicitud de suspensión
del servicio por parte de los concesionarios cedentes se haga únicamente por
deudas en montos facturados, conforme al Reglamento de Tarifas.
También se dispuso que las empresas no reasignen inmediatamente
los números que son retornados por darse de baja luego de portarse, sino que
deben esperar 30 días para hacerlo.
Finalmente, se
determinó la implementación de un sistema de reporte y solución de problemas
que facilite la interacción entre las empresas operadoras, el ABDCP y el
OSIPTEL, como parte de su tarea de supervisión.
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