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OSIPTEL recuerda que los usuarios tienen
derecho a suspender temporalmente sus servicios por un periodo determinado y
sin perder el contrato.
Si no estarás en casa por varios días
debido a un viaje programado por Fiestas Patrias, puedes suspender
temporalmente tus servicios de telefonía fija o móvil, internet o televisión de
paga, sin que ello implique la cancelación definitiva del contrato ni genere
cobros durante el tiempo en el que no los utilizarás, informó el Organismo
Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).
¿Cómo
realizar el trámite?
La suspensión temporal puede ser
solicitada en cualquier momento por el abonado o titular del servicio, sin
necesidad de justificar el motivo, de manera completamente gratuita. El trámite
se realiza a través de cualquiera
de los canales de atención de su empresa operadora.
El
abonado debe indicar el periodo durante el cual desea suspender el servicio. De
acuerdo con la Norma de Condiciones de Uso, se establece un plazo mínimo de 15
días calendario y un máximo de 2 meses, de manera alternada o consecutiva, por
año de servicio, salvo que la empresa permita una extensión distinta.
Luego de
recibida la solicitud, la empresa debe efectuar la suspensión temporal del
servicio de manera inmediata, salvo que el titular del servicio pida que se
realice en una fecha posterior. Durante el periodo suspendido, la empresa no
debe realizar el cobro por el servicio.
El OSIPTEL recomienda precisar el periodo
exacto de suspensión, ya que, de no hacerlo, la operadora podría aplicar el
plazo máximo de dos meses consecutivos previsto por la normativa. Además, deben conservar
el código de su trámite en caso se presente algún inconveniente.
Si el
abonado paga por adelantado por la prestación del servicio, la empresa debe
devolver el monto proporcional por los días que no hizo uso efectivo del
servicio. La devolución se realizará en una cuenta bancaria del abonado o, en
su defecto, en el primer recibo inmediato tras la reactivación del servicio.
Al
finalizar el tiempo de suspensión solicitado, la empresa debe reactivar el
servicio, previo aviso a través de correo electrónico, o antes de cumplirse
dicho plazo, en caso el abonado lo solicite. En caso la empresa aplique una
tarifa por concepto de reactivación por suspensión, esta información debe
comunicarse al abonado al momento que realice la solicitud de suspensión.




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