En los últimos años, los casos de bullying escolar han ido en aumento y no parece haber tenido un abordaje sancionador efectivo. La reconocida abogada especialista en Derecho Civil, Astrid Fournier, de Fournier Abogados, propone mayor severidad en la aplicación de las normas contra este tipo de violencia en los colegios.
 
En el caso de Perú se encuentra vigente la Ley N° 29719, que busca erradicar la violencia escolar. Sin embargo, según Fournier, la aplicación de esta ley es obsoleta y su efectividad es nula debido a la falta de enfoque y capacitación del grupo encargado de controlar y priorizar la erradicación de este tipo de violencia.

La abogada destaca la necesidad de tomar medidas legales con respecto al bullying escolar, ya que los menores infractores violan la norma con pleno conocimiento de sus acciones y voluntad sobre ellas. Además, señala que incluso existen infracciones a la ley penal que se aplican a los adolescentes de 14 años y menor de 18 años. Fournier aclara que esto está definido en el artículo 1 del título preliminar del nuevo código penal peruano.

En relación con los menores de edad que no son sujetos de medidas socioeducativas, los padres a menudo creen que sus hijos no pueden ser juzgados o continúan justificando el bullying como un juego de niños. Sin embargo, existen acciones legales que pueden tomarse en estos casos. 

Fournier destaca algunas de ellas, como la libertad asistida que consiste en cumplir los programas educativos y recibir orientación de especialistas por máximo de 12 meses, la prestación de servicios a la comunidad que deben realizar tareas gratuitas 6 horas semanales, máximo de 36 jornadas y la libertad restringida como es la asistencia diaria y obligatoria a los Servicios de Orientación al Adolescente (SOA) por máximo 1 año.

En la realidad cotidiana, el acoso escolar se manifiesta de diversas formas, como insultos y amenazas a través de aplicaciones de mensajería instantánea como WhatsApp, Facebook, Instagram, Telegram y TikTok, entre otras. Pero, no se aplican sanciones ni de manera administrativa en los centros educativos ni en la vía judicial. Fournier enfatiza que es un grave error minimizar el comportamiento de los agresores debido a su condición de inimputables legalmente, ya que hay ciertos aspectos psicológicos que pueden ser abordados.

Es importante recordar a los padres que dentro del código del niño y adolescente existe el derecho al buen trato. El artículo 3-A de dicho código establece claramente que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir cuidados, afecto, protección, socialización y educación no violenta en un ambiente armonioso. Es responsabilidad de los padres, tutores, educadores y autoridades garantizar este derecho y proteger a todos los menores de su entorno.