Mediante oficio N° 595-2017-CG/CORETR, la Contraloría Regional Trujillo notificó ayer al alcalde Elidio Espinoza Quiispe, el inicio de la acción de control simultáneo sobre la ejecución del contrato de concesión del recaudo electrónico en Trujillo otorgado a Graña y Montero Digital (GMD), ante la solicitud hecha ene se sentido por el congresista Daniel Salaverry Villa.

Como se sabe el último martes se presentó el alcalde Elidio Espinoza en la Comisión de Transportes del Congreso para responder sobre la cuestionada concesión otorgada a la empresa Graña y Montero, y su presentación fue insatisfactoria y deficiente para el congresista Salaverry que ese mismo día hizo la solicitud de intervención a la Contraloría.

En la referida sesión tanto el alcalde Espinoza como el Gerente de TMT, Carlos Cipriano no supieron explicar porque sin tener un Sistema de Transporte Integrado iniciaban el recaudo electrónico que es la última fase de todo un proceso, tampoco sustentaron porqué prorrogaron el contrato con la firma de un acta firmada por un funcionario, cuando en la práctica era una adenda y debió comunicarse al MEF y al pleno para su aprobación.

La acción de control simultáneo es una herramienta de la Contraloría creada para revisar actos o hechos de un proceso en curso de una entidad gubernamental con el objeto de alertar al titular de la entidad sobre la existencia de hechos que pongan en riesgo el logro de sus objetivos a fin de que la entidad defina las acciones que correspondan para evitar resultados negativos.

Los auditores designados en este caso son Elba Julissa Caro Sánchez (jefe de equipo), Fernando Matienzo Castillo y Jorge Quezada Varas.

REGIDOR EN CONTRA

Por su parte el regidor Edward Berrocal ha manifestado que técnica y legalmente el proceso de recaudo debe ser observado, pues ya se ha definido que el recaudo es normalmente la última fase de la implementación de un sistema integrado de transporte, luego de la construcción de una infraestructura vial, y una implementación tecnológica, en este caso se ha iniciado por el final por lo que técnicamente es inviable; por otra parte dijo que en lo legal al haber modificado el contrato con la suscripción de un acta que en la práctica es una adenda, sin haber comunicado al MEF y al pleno del concejo como correspondía, tampoco debería proseguir el proceso, el cual ya estaría viciado por lo que correspondería declarar su nulidad.