¡Usted No va sola! El MTC explica las modalidades sobre actos de asedio y las acciones a seguir a para una atención inmediata a las víctimas.
Los actos de acoso sexual en el transporte público terrestre
se pueden manifestar de diversas formas. El Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (MTC) le informa sobre dichas modalidades, que deben ser
denunciadas si eres testigo de alguna de ellas, y le recuerda que la víctima ¡No
va sola!
Entre los acosos más comunes se encuentran:
Manifestaciones verbales: comentarios e insinuaciones de
carácter sexual.
Manifestaciones gestuales: gestos obscenos que resultan
insoportables, hostiles, humillantes u ofensivos.
Manifestaciones físicas: tocamientos indebidos, roces
corporales, frotamientos contra el cuerpo, masturbación en el transporte o
lugares públicos, exhibicionismo o mostrar los genitales.
El MTC cuenta con un protocolo de atención ante actos de acoso
sexual en el transporte público terrestre, con el propósito de establecer
acciones para dar una atención inmediata a las víctimas.
Este protocolo garantiza la seguridad de los usuarios del
servicio de transporte público. Puedes descargarlo en el siguiente enlace: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1481819/PROTOCOLO%20DS%20025-2020-MTC.pdf.pdf
No te quedes callado, ¡denuncia!
Si eres testigo de una situación de asedio sexual dentro de
una unidad de transporte debes dar aviso inmediato al conductor, cobrador o
miembro de la tripulación.
Además, se debe colocar a la víctima lejos de la persona
agresora y llamar de inmediato a la línea 105 de la Policía Nacional del Perú
para dar aviso de la incidencia.
Al tomar conocimiento de la agresión, el chofer debe dirigir
su vehículo al punto de control policial más cercano o aproximarse a un
inspector de transporte, fiscalizador o personal de serenazgo en Lima o Callao.
En provincias se dará cuenta a la Policía Nacional o a un inspector de la
Sutrán.
El conductor detendrá el vehículo para que la autoridad se
haga cargo del caso.
Si la persona que interviene es un policía, se procede a la
detención del agresor y a tomar los datos de la víctima y los testigos.
Cabe anotar que el Código Penal sanciona al acosador sexual con
penas privativas de la libertad que van de 2 a 15 años.
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