· Si eres testigo de una situación de asedio dentro de una unidad de transporte, debes dar aviso inmediato al conductor o cobrador.
¡Atención! Los conductores y cobradores que
hagan caso omiso a las víctimas o a los testigos que denuncien un acto de acoso
sexual en el transporte público podrían perder su habilitación para prestar el
servicio por 60 días.
Además, al conductor se le podría retener su
licencia de conducir e inhabilitarlo. Así lo establece el Reglamento Nacional
de Administración de Transportes. Los choferes tienen la obligación de auxiliar
a la víctima y activar el protocolo de atención ante actos de acoso sexual en
el transporte terrestre que fue aprobado por el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (MTC) para que realice la denuncia y el agresor sea sancionado.
Por ello, si eres testigo de una situación de
asedio sexual dentro de una unidad de transporte, debes dar aviso inmediato al
conductor, cobrador o miembro de la tripulación del vehículo.
Ofelia Soriano, especialista de la Dirección de
Políticas y Normas en Transporte Vial del MTC, explicó que el citado protocolo establece
acciones para dar una atención inmediata a las víctimas.
Este procedimiento garantiza la seguridad de los
usuarios del servicio de transporte público. Puedes descargarlo en el siguiente
enlace: https://cdn.www.gob.pe/ uploads/document/file/1481819/PROTOCOLO%20DS%20025-2020-MTC.pdf.pdf
Asimismo, se debe colocar a la víctima lejos de
la persona agresora y llamar de inmediato a la línea 105 de la Policía Nacional
del Perú para dar aviso de la incidencia.
Al tomar conocimiento de la agresión, el chofer
debe dirigir su vehículo al punto de control policial más cercano o aproximarse
a un inspector de transporte, fiscalizador o personal de serenazgo en Lima o
Callao. En provincias, se dará cuenta a la Policía Nacional o a un inspector de
la Sutran.
Hecho el contacto, el conductor detendrá el
vehículo para que la autoridad se haga cargo del caso.
Si la persona que interviene es un policía, se
procede a la detención del agresor y a tomar los datos de la víctima y los
testigos.
El Código Penal sanciona al acosador sexual con
penas privativas de la libertad que van de 2 a 15 años.
El MTC exhorta a la Policía Nacional del Perú, a
la Autoridad de Transporte Urbano (ATU), a la Sutran y a las municipalidades a
seguir fiscalizando para evitar estos malos actos y sancionar a los agresores.
Los actos de acoso sexual en el transporte
público terrestre se pueden expresar de diversas formas. Entre los acosos más
comunes se encuentran las manifestaciones verbales, gestuales y físicas.
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