- Recuerda además que los conductores no
pueden exceder los 90 km/h en las carreteras.
La seguridad es lo primero. Con la finalidad de
brindar un transporte seguro y evitar la ocurrencia de accidentes de tránsito,
la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
(SUTRAN) exhorta a los conductores a no exceder los límites de velocidad y
verificar, previo al servicio, que el vehículo se encuentre en óptimo estado de
funcionamiento.
La Sutran recuerda que el límite de velocidad en
carretas para buses del servicio de transporte es de 90 km/h, siempre que estas
vías no cuenten con señalización en contrario. Además de ello, precisa que la
empresa de transportes tiene la obligación de verificar durante la conducción
que sus conductores no sobrepasen los límites de velocidad establecidos. En
caso de circular por una zona residencial el conductor no deberá exceder de 55
km/h, mientras que en zona comercial el límite máximo es de 35 km/h y 30 km/h en
zona escolar.
De acuerdo con las obligaciones establecidas en el
Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT), antes iniciar un
viaje los conductores deben revisar que el vehículo cumpla con las siguientes
condiciones técnicas: y operacionales:
- Transmisión de señal
de GPS en tiempo real.
- Luces, señalización y
limpiaparabrisas operativos.
- Neumáticos en uso y de
repuesto óptimos y con la medida reglamentaria.
- Cinturones de
seguridad, hebillas, sistema de anclajes, fijación y acople en correcto
funcionamiento.
- Espejos retrovisores
deben brindar un panorama completo al conductor.
- Láminas retro
reflectivas, cubriendo como mínimo el 25% de los laterales del vehículo y
el 100% de la parte posterior del mismo, conforme a lo dispuesto en el
Reglamento Nacional de Vehículos.
- Sistema de frenos en
correcto funcionamiento
Adicional a lo anterior, todos los conductores
deben contar con los documentos en regla:
- Licencia de conducir
vigente, de la clase y categoría correspondiente al vehículo y al servicio
que se realiza.
- Tarjeta Única de
Circulación (TUC) vigente.
- SOAT y CITV vigentes,
correspondiente al vehículo y al servicio a realizar.
- Hoja de Ruta y
Manifiesto de Pasajeros correspondiente al servicio prestado.
Finalmente, la Sutran pidió a las empresas de
transporte respetar el relevo de conductores cada 5 horas durante el servicio
diurno y cada 4 horas durante el turno nocturno; así como respetar las señales
de tránsito instaladas en las vías con la finalidad de prevenir siniestros.
Importante: Todos los vehículos deben contar con
implementos de seguridad, tales como botiquín, cono y/o triangulo de seguridad
y extintores de fuego con la carga correspondiente al vehículo.
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