· De acuerdo al cronograma establecido, los beneficiarios deberán solicitar la devolución correspondiente al mes de setiembre a partir del 10 de octubre.
El Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (MTC) aprobó los lineamientos para aplicar desde hoy la devolución
del 40% del pago de los peajes. Esta medida, que busca contribuir a la
reactivación económica, beneficiará a más de 100,000 transportistas del
servicio de transporte de carga y del servicio de transporte regular de
personas.
El MTC implementará un aplicativo para
realizar el registro de los transportistas, a fin de que reciban el reembolso
de los peajes pagados desde el 01 de setiembre al 31 de diciembre de 2022. De
acuerdo al cronograma de reembolso, la primera solicitud de devolución, correspondiente
al mes de setiembre, deberá presentarse entre el 10 de octubre al 9 de
noviembre del 2022.
Para la devolución se considerarán los
pagos por concepto de peaje realizados en las unidades administradas por los concesionarios
de infraestructura vial o bajo la administración de Provías Nacional; para lo
cual, se debe adjuntar a la solicitud los comprobantes de pago emitidos por los
peajes, contar con casilla electrónica del MTC y con acceso a la nómina de
conductores del MTC.
El director general de Políticas y
Regulación de Transporte Multimodal del MTC, Lenin Checco, señaló: “Es un hecho
histórico del Gbierno brindar apoyo y confianza al sector transportes. Será un
incentivo que beneficia a la mayoría de transportistas”.
Para ser beneficiario de esta
devolución, los transportistas deben contar con títulos habilitantes vigentes
al 14/08/2022, brindar servicio de transporte a través de vehículos habilitados
cumpliendo los términos de la autorización otorgada, emitir comprobantes de
pago electrónicos por la prestación del servicio de transporte público
terrestre de carga y pasajeros, y estar registrado con estado “activo” y en
condición de “habido” en su RUC.
Además, la devolución será otorgará
con un límite de hasta 15 vehículos por cada transportista, en el caso del
servicio de transporte público terrestre de mercancías, y de hasta 50 vehículos
por cada transportista, en el caso del servicio de transporte regular de
personas de ámbito nacional, regional y provincial. Este beneficio empieza a
regir a partir del 1 de setiembre hasta el 31 de diciembre.
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