· En caso de una situación de asedio sexual dentro de una unidad de transporte público se deberá dar aviso inmediato al conductor o a la tripulación.
¡No vas sola! ¿Sabías que el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) cuenta con un protocolo de
atención ante actos de acoso sexual en el transporte público terrestre?
El objetivo es establecer
acciones para dar una atención inmediata a las personas víctimas de acoso
sexual en los vehículos de transporte público.
No te quedes callado. ¡Denuncia! El
protocolo garantiza la seguridad de los usuarios del servicio de transporte.
Descárgalo en el siguiente enlace:
https://www.gob.pe/institucion/mtc/normas-legales/1422443-025-2020-mtc
El acoso sexual se puede
manifestar físicamente con tocamientos indebidos, roces corporales,
masturbación o exhibicionismo.
El asedio también se puede expresar
verbalmente, es decir con comentarios e insinuaciones de carácter sexual o mediante
manifestaciones gestuales, como gestos obscenos que resulten hostiles,
humillantes u ofensivos.
¿Cómo actuar?
La especialista de la Dirección
de Políticas y Normas de Transporte Vial del MTC, Ofelia Soriano, explicó que la
víctima o el testigo de una situación de asedio sexual dentro de una unidad de
transporte debe dar aviso inmediato al conductor, cobrador o miembro de la
tripulación.
Además, se debe ubicar a la
víctima lejos de la persona agresora y llamar de inmediato a la línea 105 de la
Policía Nacional del Perú para dar aviso de la incidencia.
Al tomar conocimiento de la
agresión, el chofer debe dirigir su vehículo al punto de control policial más
cercano o aproximarse a un inspector de transporte, fiscalizador o personal de
serenazgo si se encuentra dentro de Lima o Callao. En provincias dará cuenta a
la Policía Nacional o a un inspector de la Sutran.
Cuando se encuentre a algunos de
esos representantes de la autoridad, el conductor detendrá el vehículo para que
se haga cargo de la agresión. Si la persona que interviene es un oficial
policial, se procede a la detención del agresor y a tomar los datos de la
víctima y los testigos. El Código Penal sanciona al victimario con penas
privativas de la libertad que van de 2 a 15 años.
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