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En caso de circular sin autorización deberá pagar una multa de
S/ 4400
Las empresas que buscan destinar sus vehículos
para la actividad privada de transportes de personas deberán cumplir con los
requisitos exigidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
Para ello, se debe completar los formularios y
anexos siguientes:
-Partida registral de la empresa, la cual debe
señalar que su objeto social o giro económico no es el de transportes.
-Declaración jurada indicando que los
socios/directores/accionistas de la empresa no tienen ningún antecedente penal
(que no tienen condenas por tráfico ilícito de drogas, lavado de activos,
pérdida de dominio, o delito tributario) ni están inmersos o sometidos a una
medida judicial o administrativa que le restrinja o prive de la administración
de sus bienes.
-Declaración jurada en donde manifieste la
relación de vehículos señalando que deben de ser de propiedad del solicitante o
estar bajo contrato de arrendamiento, y deben contar con Certificado de
Inspección Técnica Vehicular (CITV) y Seguro Obligatorio de Accidentes de
Tránsito (SOAT) vigentes. Cabe precisar que los vehículos a autorizar deben
corresponder a la categoría M.
-Declaración jurada de que la empresa no ha
sufrido la cancelación de la autorización para prestar servicios de transporte,
o encontrarse inhabilitado en forma definitiva para ello.
El trámite ante el MTC tiene un plazo de 17
días hábiles y el pago por derecho de autorización es de S/ 145.50,
adicionalmente se abonará S/ 11.70 por cada vehículo. El pago se realizará en
el Banco de la Nación.
El transportista debe estar afiliado al
Sistema de Casilla Electrónica conforme Resolución Directoral N°
006-2021-MTC/18, de fecha 18 de febrero de 2021.
Para solicitar la autorización del
procedimiento sírvase seguir el siguiente enlace para descargar los formularios
correspondientes.
En caso de circular sin autorización deberá pagar una multa de S/ 4400.
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