La Sunedu eliminó las clases 100% virtuales para los estudiantes de pregrado afectando a aquellos alumnos que se encuentran imposibilitados  de continuar con sus carreras universitarias de manera presencial.

Alrededor de 500,000 estudiantes de pregrado optaron por la modalidad virtual o semipresencial para cursar estudios universitarios, según un informe de Apoyo Consultoría. De ellos, alrededor 75 mil estudiantes no tienen acceso a ofertas presenciales en sus regiones, es decir, que la virtualidad se convirtió en una herramienta para crecer académicamente y, además, en un ahorro sustancial respecto a la presencialidad.

A pesar de esta cifra y de la realidad de miles de estudiantes, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) modificó las disposiciones para la prestación de servicios educativos en el año lectivo 2024 por lo que las universidades se encuentran prohibidas de ofertar, crear o admitir estudiantes en programas de pregrado “con un componente de 100% de virtualidad”.

Según el especialista en regulación del mercado y libre competencia, Oscar Sumar, la norma no es nueva, dado que la entidad lleva años restringiendo la virtualidad, aún cuando es una modalidad de enseñanza admitida en el artículo 47 de la Ley Universitaria: “Mientras que la gran mayoría universidades en Perú tenían límites para hacer clases virtuales, unas pocas eran beneficiarias de una excepción que hace una distinción injustificada”.

“La virtualidad al 100%  estaba permitida, pero solo para algunas universidades (…) Entonces, teníamos a pocas universidades con una ventaja ilegal, que podían ofertar programas 100% virtuales -tipo CPE (adultos que trabajan o con carreras previas)-, mientras que el resto solo podía ofertar programas semipresenciales”, explicó.

No obstante, el especialista remarcó que “no tiene sentido prohibir la virtualidad de la enseñanza en 2024. Sunedu -la supuesta garante de la calidad- inhibe la innovación; quita la opción de acceder a probados programas virtuales de mucha calidad; disminuye la competencia; y, reduce el acceso a la educación para personas con menos recursos (incluyendo tiempo)”, sostuvo.

Por su parte, la docente Carla Olivieri, criticó la medida, pues “perjudica principalmente a estudiantes mayores a los 24 años que trabajan; a estudiantes de zonas alejadas y a muchas mujeres con hijos pequeños”. “Esta normativa ignora sus realidades y truncan los proyectos de vida de muchos peruanos que no pueden acceder a una carrera con componentes presenciales. Además de darle la espalda al ciudadano limitando sus opciones; la SUNEDU le da la espalda a las tendencias de un mundo multiplataforma e interconectado”, remarcó.

En conclusión, la decisión de la Sunedu afecta directamente a los estudiantes universitarios de escasos recursos y aquellos que residen en zonas geográficas diferentes a las de sus centros de estudios. Además, cabe precisar que la nueva disposición denota una falta de análisis a la regulación de la oferta educativa, pues no se evaluó el costo-beneficio que ofrece estudiar a distancia. En medio de esta polémica decisión vale preguntarse, ¿solo la presencialidad es la única modalidad de estudios que garantiza el egreso de profesionales capacitados o acaso la Sunedu no tomó en consideración las diferentes realidades de los estudiantes universitarios?